El que la hace la paga?, sí cuando lo pillan.(delincuentes)
Y el que deja de hacer también tiene que pagar. (Instituciones financieras)
El detenido que robaba cajeros en 4x4 es ingeniero electrónico
http://www.clarin.com
“Según la Policía, duplicaba tarjetas de débito tras robar datos de los clientes a través de un dispositivo especial que colocaba en los cajeros automáticos. Después, iba con las tarjetas "mellizas" a sacar plata los fines de semana y feriados.”
“Según indicaron a Clarín fuentes del caso, el detenido tiene 29 años, es experto en computación y sistemas electrónicos y se recibió en la Universidad Tecnológica Nacional (UTN). Su novia tiene 20 y, según los voceros, no tiene antecedentes policiales. El, en cambio, estaba prófugo de la Justicia, imputado de varios fraudes con tarjetas.”
“…la chica bajó y caminó hasta el cajero del Banco Nación. Los policías dieron la voz de alto y el conductor de la 4x4 salió a toda velocidad. La chica fue detenida en el lugar. Tenía encima 15 tarjetas de débito y dinero en efectivo.”
Fraude bancario: lo engañaron y ahora obligan a la entidad a indemnizarlo
"Bieniauskas Carlos c/ Banco de la Ciudad de Buenos Aires s/ Ordinario"
http://abogados.infobaeprofesional.com
La Justicia validó el reclamo efectuado por un usuario a quién, con una tarjeta de débito “melliza”, le robaron fondos del cajero automático. El tribunal falló a su favor y condenó a la entidad bancaria. Dijo que los servicios financieros están regulados por la Ley del Consumidor.
Un importante fallo judicial abre una luz de esperanza para todos aquellos usuarios de servicios electrónicos que padecen fraudes bancarios: la justicia comercial condenó a un banco por la extracción irregular de fondos efectuada por terceros, mediante la confección de una tarjeta de débito “melliza” a la del cliente afectado.
“Sin embargo, cuando empiecen los casos de otros industrias, es lógico pensar que los tribunales van a fallar del mismo modo, y ahí es donde con la realidad actual aparecerán cataratas de juicios y planteos”, concluyó Malaureille Peltzer.
Le extrajeron dinero con una tarjeta melliza y la Justicia exigió que sea indemnizado
http://abogados.infobaeprofesional.com
“Traverso María del Carmen c/ Banco de la Ciudad de Buenos Aires s/ ordinario”
La cámara comercial avaló el reclamo de un usuario a quien le debitaron fondos de su cuenta por cajero automático, de forma irregular. Los jueces, aplicando la Ley de Defensa del Consumidor, condenaron a la entidad bancaria pese a que el hecho fue cometido por terceros.
Los jueces volvieron a echar mano a la Ley de Defensa del Consumidor (LDC) para proteger a la parte más débil en las relaciones comerciales. En esta oportunidad, condenaron a un banco a indemnizar a un usuario a quien le extrajeron fondos de su caja de ahorros mediante la confección de una tarjeta de débito “melliza”.
La aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor cada vez gana más terreno
http://abogados.infobaeprofesional.com
Los jueces recurren a esa norma para condenar a bancos, financieras y prepagas. En esta oportunidad, sancionaron a una empresa de concesión vial
Sucede que en abril pasado el Congreso aprobó una reforma a la LDC que, entre otras cuestiones, estableció la posibilidad de que los usuarios pudieran reclamar en la Justicia por una nueva categoría de perjuicio, al consagrar el resarcimiento del “daño punitivo” hasta un tope de $5 millones.
…las empresas deberán probar que han tomado todas las medidas a su alcance necesarias para garantizar al consumidor el “uso pacífico y sin riesgos” de los bienes y servicios que aquellas comercializan.
Los jueces hacen a la banca corresponsable del "phishing" (España)
http://blog.segu-info.com.ar
“… el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Castellón ha dado la razón a dos clientes de Bancaja, que reclamaban a su entidad los 6.000 euros que les fueron estafados mediante la técnica del phishing.”
“…la autoridad bancaria afirma que ‘no parece equitativo ni proporcionado que las entidades eludan sin más su responsabilidad, dirigiendo a sus clientes a los tribunales de justicia y haciendo recaer en los mismos la totalidad de los importes defraudados0’.”
Inglaterra Exigen a bancos responsabilizarse por efectos del phishing
Entidad británica de defensa del consumidor considera que los propios bancos deberían responsabilizarse por las pérdidas sufridas por sus clientes como resultado de ataques de phishing.
Diario Ti: La organización británica Which? propone la elaboración de una normativa que obligue a los bancos a indemnizar a sus clientes que hayan sido estafados por ciberdelincuentes.
Condenan a subdirectora de un banco por cooperar con una red de ‘phishing’
http://seguinfo.blogspot.com
Tendrá que cumplir tres años de prisión y pagar 1080 euros de multa, además de indemnizar a la víctima de la estafa con los 5.100 euros sustraídos de su cuenta.
Así lo han razonado los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos en la sentencia que condena a una gerundense de 35 años, A.J.X., por colaborar con una red de estafadores especializada en la técnica del ‘phishing’ (pescando, en inglés) para obtener ilícitamente 5.100 euros de la cuenta de una clienta de Banesto. No solo tendrá que indemnizarla con ese dinero, sino pagar una multa de 1.080 euros y cumplir tres años de prisión.
Condenados a hasta 3 años de cárcel por hacer 'phishing'
http://www.hoytecnologia.com
El Tribunal Supremo ha condenado a penas de prisión de entre 13 meses y tres años por un delito continuado de estafa a siete personas que obtuvieron 321.783,93 euros mediante la técnica del 'phishing', consistente en el envío de correos electrónicos a clientes de entidades bancarias para pedirles información confidencial como sus claves y así obtener sumas económicas de forma fraudulenta.
La policía se declara impotente contra los timos bancarios online
http://blog.segu-info.com.ar
Yolanda V. A., gallega de 33 años, abrió Internet para ojear su cuenta bancaria y se llevó un disgusto terrible. Alguien le había sacado 3.252 euros y los había transferido a la cuenta de un desconocido en Madrid. Nerviosa, miró también la cuenta de sus padres, en la que ella tiene firma autorizada, y faltaban otros 18.000 euros. La policía identificó rápido al receptor de las transferencias, pero ya era tarde: el dinero estaba en Ucrania. En los bolsillos de una de las sofisticadas mafias que infectan con virus malignos virus miles de ordenadores y se apoderan de dinero de las cuentas on line.
Un informe de Delincuencia Económica de la Dirección General de la Policía, al que ha tenido acceso EL PAÍS, avisa de la eclosión de este tipo de saqueos. Y admite la impotencia policial para detener "a los autores intelectuales". Primero, por los sofisticados métodos que emplean y, segundo, por la dificultad de perseguirlos, ya que actúan desde países del Este, Asia y Sudamérica. No todas las víctimas tienen la suerte de Yolanda. Su banco, el Pastor, le repuso el dinero. "Vieron que yo nunca había realizado transferencias desde Internet y me lo devolvieron", señala Yolanda. Pero el banco no tendrá fácil recuperarlo.
Spammer condenado a pagar a FaceBook más de 873 millones de dólares
http://www.diarioperfil.com.ar
Facebook ha ganado un gran juicio contra el mayor spammer, que consiguió llenar la red de miembros con mensajes publicitarios no solicitados y a veces inapropiados. Atlantis Blue Capital, dirigida por Adam Guerbuez, tendrá que pagar más de 873 millones de dólares en concepto de daños y perjuicios.
Muchas de las sentencias contra spammers no son suficientes para tener algún tipo de impacto sobre las operaciones de dicho tipo. Sin embargo, ésta tendrá un peso considerable debido a la cantidad de la indemnización que tendrá que pagar Atlantis Blue Capital por acceder a los servidores de la compañía, configurar sitios web de phising para adquirir logins de cuentas de Facebook y mandar más de 4 millones de emails a los miembros de Facebook.
Argentina, vivero de hackers que hacen temblar a Internet
HTTP://WWW.DIARIOPERFIL.COM.AR
“No puedo creer que me hayan seguido hasta aquí. Está bien, perdí.” Esa fue la frase que el español Mario Raúl García Rodríguez pronunció tras darse por vencido y entregarse a seis agentes de Interpol. Aquel día, el experto en informática más buscado de España había dejado su modesto ciclomotor en la puerta de su casa y caminaba hacia lo de un vecino cuando fue sorprendido por la Policía. Ocurrió en julio de 2005 en Carcarañá, una pequeña ciudad santafesina de 16 mil habitantes cercana a Rosario, que linda al río homónimo.
La detención fue una prueba contundente de la extensión de Internet. García Rodríguez, a quien le decían el “Gordo” y llevaba una vida modesta según los testigos, subía esposado al patrullero acusado de realizar estafas millonarias mediante la red de redes. Los medios de la península lo llamaban “el hacker más temido”, y su método era el “phishing”, con el que clonaba páginas de bancos para obtener datos y contraseñas de clientes.
viernes, 26 de diciembre de 2008
lunes, 24 de noviembre de 2008
AUDITORIA CERO
En los últimos 20 años el concepto de Control Interno ha ido evolucionando, esto se puede ver claramente en el sector gubernamental antes de la aprobación y aplicación de la Ley SAFCO (1990), esta Ley adopta el informe COSO como base para el desarrollo de los diferentes subsistemas (Programación, Organización, Presupuesto, Personal, Administración, Tesoreria, Contabilidad, Control).
El subsistema de Control Gubernamental está compuesto por:
El Control Interno Previo, ejercido por TODAS LAS UNIDADES de la entidad antes de la ejecución de sus operaciones y actividades o de que sus actos causen efectos.
El Control Interno Posterior practicado por los RESPONSABLES SUPERIORES y por la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la propia entidad.
El Control Externo Posterior que se aplicará por medio de la auditoría externa de las operaciones ya ejecutadas, este control es practicado por Empresas de Auditoria Externa o por la Contraloría General de la República.
A pesar de estos cambios, todavia encontramos en muchas instituciones la confusión al hablar de control o más específicamente de CONTROL INTERNO, se relaciona directamente con AUDITORIA INTERNA, sin considerar el concepto dado por el informe COSO que define al control interno como: "un proceso efectuado por el consejo de administración, la dirección y el RESTO DEL PERSONAL de una entidad, diseñado con el objeto de proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de objetivos"
De esto podemos concluir que la Unidad de Auditoría Interna es una parte más del Control Interno y no es la unidad encargada de REALIZAR EL CONTROL.
Con la finalidad de dar cumplimiento a los planes, programas y presupuestos de la entidad en concordancia con las políticas, objetivos y metas propuestas, quizás debemos retomar los conceptos del COSO y de las auditoria de calidad para dar lugar a la AUDITORIA CERO que a continuación se desarrolla:
Cumplimiento: Los sistemas de información de la entidad deben estar Formalizados, Implementados y Actualizados considerando las leyes y regulaciones para prevenir pérdidas financieras o de imagen.
Estrategia: Los sistemas de información (automatizados o manuales, comprados o desarrollados internamente) deben estar alineados con los objetivos de la organización y coadyuvar al logro de la misión de la entidad.
Reportes: Los sistemas de información deben producir información de una manera adecuada, completa y a tiempo.
Operación: Los sistemas de información deben cumplir con el criterio de operación, es decir deben ser acordes a la estructura, y características particulares de cada entidad. Así mismo deberán considerar el Riesgo Operacional para sus diferentes procesos operativos (Ej. Riesgo legal, financiero, mercadeo, crediticio, liquidez, informático).
Lineas arriba se hace mención a sistemas de información, entendiéndose como tales a los subsistemas de la Ley SAFCO o los subsistemas que diseñe la entidad. Entendiéndose que tales sistemas son operados por personas y son ellas las que aseguran el cumplimiento de la AUDITORIA CERO.
Con este enfoque de "Auditoria CERO" no es que los Auditores Internos desaparecerán sino que se le dará el verdadero valor al control interno y al Auditor Interno.
El subsistema de Control Gubernamental está compuesto por:
El Control Interno Previo, ejercido por TODAS LAS UNIDADES de la entidad antes de la ejecución de sus operaciones y actividades o de que sus actos causen efectos.
El Control Interno Posterior practicado por los RESPONSABLES SUPERIORES y por la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la propia entidad.
El Control Externo Posterior que se aplicará por medio de la auditoría externa de las operaciones ya ejecutadas, este control es practicado por Empresas de Auditoria Externa o por la Contraloría General de la República.
A pesar de estos cambios, todavia encontramos en muchas instituciones la confusión al hablar de control o más específicamente de CONTROL INTERNO, se relaciona directamente con AUDITORIA INTERNA, sin considerar el concepto dado por el informe COSO que define al control interno como: "un proceso efectuado por el consejo de administración, la dirección y el RESTO DEL PERSONAL de una entidad, diseñado con el objeto de proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de objetivos"
De esto podemos concluir que la Unidad de Auditoría Interna es una parte más del Control Interno y no es la unidad encargada de REALIZAR EL CONTROL.
Con la finalidad de dar cumplimiento a los planes, programas y presupuestos de la entidad en concordancia con las políticas, objetivos y metas propuestas, quizás debemos retomar los conceptos del COSO y de las auditoria de calidad para dar lugar a la AUDITORIA CERO que a continuación se desarrolla:
Cumplimiento: Los sistemas de información de la entidad deben estar Formalizados, Implementados y Actualizados considerando las leyes y regulaciones para prevenir pérdidas financieras o de imagen.
Estrategia: Los sistemas de información (automatizados o manuales, comprados o desarrollados internamente) deben estar alineados con los objetivos de la organización y coadyuvar al logro de la misión de la entidad.
Reportes: Los sistemas de información deben producir información de una manera adecuada, completa y a tiempo.
Operación: Los sistemas de información deben cumplir con el criterio de operación, es decir deben ser acordes a la estructura, y características particulares de cada entidad. Así mismo deberán considerar el Riesgo Operacional para sus diferentes procesos operativos (Ej. Riesgo legal, financiero, mercadeo, crediticio, liquidez, informático).
Lineas arriba se hace mención a sistemas de información, entendiéndose como tales a los subsistemas de la Ley SAFCO o los subsistemas que diseñe la entidad. Entendiéndose que tales sistemas son operados por personas y son ellas las que aseguran el cumplimiento de la AUDITORIA CERO.
Con este enfoque de "Auditoria CERO" no es que los Auditores Internos desaparecerán sino que se le dará el verdadero valor al control interno y al Auditor Interno.
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domingo, 26 de octubre de 2008
PROGRAMAS DE TRABAJO AUDISIS
El siguiente documento presenta una serie de Programas de Trabajo para Auditoria de Sistemas basados en la circular SB/443/03 emitida por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, los programas de trabajo se presentan para: Auditoria Informática; Gestión informática; Desarrollo de sistemas; Integridad de datos; Operaciones de sistemas informáticos; Seguridad informática y continuidad operacional; Comunicaciones.
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